República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil
y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas


SOLICITANTE: Isaraeli Virginia Sánchez, venezolana, soleta, mayor de edad, de este domicilio.

ABOGADA
ASISTENTE: Dra. Alicia Vargas Marcano, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 21.462.


MOTIVO: Inserción de Partida de Nacimiento


Se inició la presente solicitud mediante escrito consignado el Veintidós (22) de Noviembre de dos mil siete (2007), por la ciudadana Israeli Virginia Sánchez, debidamente asistida de abogado. Solicitó la inserción de su Partida de nacimiento.

En fecha (21) de Marzo de Dos Mil Seis (2006), compareció la ciudadana Israeli Virginia Sánchez, asistida de abogado, y consignó los documentos fundamentales para la admisión además de las pruebas necesarias para sentenciar dicha solicitud.


Se admitió la presente solicitud el Dieciocho (18) de Diciembre de dos mil siete (2.007), y se acordó librar Cartel de Emplazamiento a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos, para que comparezcan ante este Tribunal, en horas de Despacho, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la publicación y consignación en el expediente que del cartel se haga y el cual deberá publicarse en el diario “El Universal”, a fin de que expongan lo que crean conducente con relación al presente procedimiento y, se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial.

En fecha Dieciocho (18) de Diciembre de dos mil siete (2007), se libró Boleta de Notificación al ciudadano Fiscal del Ministerio Publico, la cual fue gestionada por el Alguacil de este despacho en fecha Catorce (14) de Febrero de dos mil ocho (2008), según consta de acuso de recibo de fecha Diecinueve (19) de Febrero de dos mil ocho (2008), cursante al folio trece (13) del presente expediente.

En fecha Cinco (05) de Marzo de Dos Mil Ocho (2008), se libro Cartel de Emplazamiento.

Que en fecha Once (11) de Junio de dos mil ocho (2008), compareció la ciudadana Israelí Virginia Sánchez, debidamente asistida por el abogado Juan Hernández, y consignó Cartel de Emplazamiento debidamente publicado en el diario “Universal”.


-DE LAS PRUEBAS APORTADAS POR EL SOLICITANTE.-

Consignó la solicitante, copia simple de la cedula de la madre de la solicitante, Constancia de nacimiento en original de la Maternidad Concepción Palacios, Peritaje materno números 487 y 487-A, emitido por Barrios Judith, Técnico Lofoscopista, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica (CICPC), Constancia suscrita por el Jefe Civil de la Parroquia San Juan , del Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual certifica que en los libros de Registro Civil de los años 1981 al 2007, no se encontró el acta perteneciente a la ciudadana Israelí Virginia Sánchez, Constancia emitida por el Registro Principal del Municipio Libertador del Distrito Capital, que realizo una revisión de los libros correspondientes a los años 1981 y 2007, no aparece asentada el acta de nacimiento que presuntamente pertenece a la ciudadana Israelí Virginia Sánchez.

Establece el artículo 458 del Código Civil, el cual parcialmente se transcribe de la siguiente forma: “...si no se han llevado los registros de nacimiento y defunción, o si estos mismos registros se han interrumpidos u omitido los asientos, podrá suplirse el acta respectiva con cualquiera especie de prueba...” (Cursivas del Tribunal).

En el caso que nos ocupa, de las pruebas promovidas resulta evidente que la solicitante no tiene insertada su partida de nacimiento que, y de la cual no hubo oposición alguna de terceros al respecto.


- D I S P O S I T I V A -

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Inserción de Partida de nacimiento presentada por la ciudadana Isaraeli Virginia Sánchez, venezolana, mayor de edad, quien nació el Veinticuatro (24) de Marzo de Mil Novecientos Ochenta y Uno (1981), en la Maternidad Concepción Palacios. En consecuencia, se ordena la Inserción de la Partida de Nacimiento de la ciudadana Israeli Virginia Sánchez, igualmente se acuerda participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en el artículo 506 del Código Civil venezolano.

PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, al Uno (01) días del mes de Octubre del año dos mil ocho (2008). Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte

La Secretaria,


Abg. Lisbeth Rodríguez González

En la misma fecha, siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.) se publicó y registró la decisión anterior, dejándose copia certificada de la misma en el Departamento de Archivo del Tribunal, conforme lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

La Secretaria,


Abg. Lisbeth Rodríguez González

CSD/LRG/Jenny.-
Exp. 07-1480.-