JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 03 de Octubre de 2008.
198° y 149°

De la revisión del presente expediente se observa: (1) que se trata de una inhibición planteada por la ciudadana FRANCIS CELTA ALFARO, cuando fue Juez titular del JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS fundamentada en el ordinal 15 de articulo 82 del Código de Procedimiento Civil y no acreditada la causa del prejuzgamiento, elemento que en reiteradas oportunidades se solicitó oficiando al Juzgado de la causa a fin de que remitiera a este Juzgado Superior copia de la sentencia de la cual se hace referencia en el acta de inhibición sin obtener respuesta alguna, omisión que ha motivado que no se haya podido sentenciar dicha inhibición.
Ahora bien, tomando en cuenta, como hecho comunicacional, que la Juez inhibida fue destituida de su cargo titular desde el año 2006, este Juzgado Superior Primero considera inoficioso seguir requiriendo copia de los antecedentes para la formación de convicción, toda vez que no hay necesidad de decidir en vista de la destitución de la juez inhibida y, en consecuencia, considera inncesaria la permanencia de este cuaderno de incidencia contentivo de la inhibición planteada por la ciudadana FRANCIS CELTA ALFARO, ex Juez titular del JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, y acuerda se remita al mencionado Juzgado para que sea incorporado al expediente Nº 21.661 (nomenclatura de ese Juzgado) contentivo de la demanda de daños y perjuicios que sigue el ciudadano RAFAEL ALBERTO JIMÉNEZ MÁRQUEZ contra la ciudadana ESPERANZA OVALLES y otros. ASI SE ESTABLECE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
EL JUEZ,

DR. FRANK PETIT DA COSTA
LA SECRETARIA,

Abg. FLOR CARREÑO AGUIAR

Exp. Nº 05.9305
Inhibición/Int.
Materia: Civil
FPD/fca/dg

En la misma fecha se dictó y publicó el anterior fallo, siendo las diez de la mañana. Conste,
La Secretaria,