REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, trece (13) de octubre de 2008.-
Años: 198º y 149º
Por cuanto se observa que en fecha 03 de octubre se le dio entrada a la presente causa, ordenándose la notificación de los ciudadanos Luis Erasmo Pérez Mosquera, Cristóbal Manduca Carlomagno, o a sus apoderados judiciales, partes demandadas en el presente juicio y visto que el ciudadano Luís Erasmo Pérez Mosquera, actual en su propio nombre y representación. Este Tribunal deja sin efecto la referida boleta y ordena librar una nueva. líbrese.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.
ELSECRETARIO,
RICHARS D. MATA.
VGJ/RM/kelly Exp: 9821
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, (13) de octubre de 2008
Años 198° Y 149°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos Cristóbal Manduca Carlomagno y Cesar Augusto Manduca Carlomagno, o a sus apoderados Judiciales abogados Emilio Ignacio Pérez Gallegos, Juan Lorenzo Hernández bretón R. ,José Manuel Mago Luque, Luis bouquet León, Annello de Vita Canabal y Alejandro Bouquet guerra. Inscritos en el Inpreabogado bajo los nos. 20.972, 42.423, 2.750, 1.105, 45.467 Y 45.648 respectivamente, parte demandada en el juicio que por Nulidad de asamblea , le sigue Maria Eugenia Savelli de Pérez ; sustanciado en el expediente signado con el número 9821, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, a los fines de reanudar la presente causa de conformidad con el artículo 522 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se les indica a las partes que dicho lapso comenzará a transcurrir una vez conste en autos la última notificación de las partes -
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/miguelExp: 9821
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, (13) de octubre de 2008
Años 198° Y 149°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano Luís Erasmo Pérez Mosquera, quien actual en su propio nombre y representación, parte demandada en el juicio que por Nulidad de asamblea, le sigue Maria Eugenia Savelli de Pérez; sustanciado en el expediente signado con el número 9821, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, a los fines de reanudar la presente causa de conformidad con el artículo 522 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se les indica a las partes que dicho lapso comenzará a transcurrir una vez conste en autos la última notificación de las partes -
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/miguelExp: 9821
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, (03) de octubre de 2008
Años 198° Y 149°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos, Rosario Fuentes Betancourt y Juan Luís baduy o a su apoderado Judicial abogado José Luís Pérez Gutiérrez Inscrito en el Inpreabogado bajo el no. 3.415 respectivamente, parte demandada en el juicio que por Nulidad de asamblea , le sigue Maria Eugenia Savelli de Pérez ; sustanciado en el expediente signado con el número 9821, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, a los fines de reanudar la presente causa de conformidad con el artículo 522 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se les indica a las partes que dicho lapso comenzará a transcurrir una vez conste en autos la última notificación de las partes -
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/miguelExp: 9821