Vistas las diligencias presentadas en fecha 09 de octubre de 2008, suscritas por el abogado Eduardo Cáceres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.265, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, por medio de las cuales solicita se levante la medida de prohibición de enajenar y gravar y desiste de la acción, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se HOMOLOGA el desistimiento en los términos en él planteados, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se resuelve suspender la medida en cuestión y oficiar lo conducente al Registrador respectivo. Cúmplase.
EL JUEZ,

Dr. JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA

IVONNE CONTRERAS
En esta fecha se cumplió con lo ordenado librándose oficio N° 347-2008.
LA SECRETARIA

IVONNE CONTRERAS

JEMI/IC/Yessica**