REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, (01) de octubre de dos mil ocho (2008)
197º y 148º

ASUNTO: AP21-L-2008-000957

Visto el escrito presentado por ante este Juzgado en fecha: 30 de octubre de 2008, suscrito por el ciudadano JAVIER ARCANGEL SALAS ALVARADO, titular de la cédula de identidad No. V- 9.2214.660, parte demandante debidamente representado por su apoderado judicial el abogado ALEX FRANCISCO MUÑOZ ARANGUREN, e inscrito bajo el No.77.254, según consta de poder que riela en copia simple por una parte, y por la otra parte la ciudadana SARA LIGIA NAVARRO PESTANA , quien es abogada e inscrita en el INPRE bajo el No.48.465, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada , según consta de poder en copia simple, que riela en autos, en el mencionado escrito ambas partes celebran una transacción, en la cual describen una relación circunstanciada de la misma.
En tal sentido, quien suscribe, vista la presente transacción, suscrita por las partes anteriormente identificados actuando en su carácter de parte actora y en su carácter de parte demandada, luego de examinar el contenido de la presente Transacción celebrada, constatado que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, procede de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y en virtud de que es un medio de auto composición procesal, procede a impartir su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático. Finalmente se acuerda la devolución de las pruebas promovidas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar , así de conformidad con lo establecido en el Artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se expiden dos copias certificada del escrito trasnacional, como del auto que la homologa. Cúmplase con lo ordenado.
El JUEZ,

CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA

Abg. KEYU ABREU