REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, Dieciséis (16) de Octubre de dos mil ocho (2008)
Nº DE EXPEDIENTE: DP31-L-2008-0000312
PARTE ACTORA: CARLOS ALBERTO ALVARADO CARRILOO, titular de la cedula de identidad N° 17.716.713
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado SHIRLEY ABAD Inpreabogado Nº 75.162
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD DE COMERCIO PROAGRO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado CARLOS EDUARDO APONTE, INPREABOGADO Nº 59.916
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL
Hoy, dieciséis (16) de Octubre de 2008, día y hora para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, el alguacil hace del conocimiento de la ciudadana jueza que a la hora del anuncio solo se encontraba presente por la parte actora ciudadano: CARLOS ALBERTO ALVARADO CARRILOO, titular de la cedula de identidad Nº 17.716.713 el Abogado SHIRLEY ABAD Inpreabogado Nº 75.162 en su condición de apoderado judicial acreditación que consta a los autos por lo que, Se deja constancia que la demandada no compareció ni por si ni por medio de apoderado. Ahora bien, vista la incomparecencia del demandado, revisada como ha sido la petición del demandante y encontrándola que la misma no es contraria a derecho, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS alegados por la demandante y se reserva motivar los montos y conceptos a pagar los cuales serán debidamente especificados en el fallo que será publicado dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy, haciendo del conocimiento de las parte que solo una vez que transcurra el mismo comenzará a computarse el lapso para el ejercicio de los recursos a que hubiere lugar. así mismo se deja constancia que el representante del actor consigna escrito de prueba constante de 4 folios útiles y veinte anexos marcados de la letra A a la letra G las cuales se ordena agregar a los autos. Es todo. Terminó. Se leyó y conforme firma.
LA JUEZA,
Dra. LILIAM PEREZ
LA PARTE ACTORA LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA, ABG.ARTURO LUIS CALDERON.
DP31-L 2008-312
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