REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA

La Victoria, Veintitrés (23) de Octubre de dos mil ocho (2008)

Nº DE EXPEDIENTE: DP31-L-2006-0000242
PARTE ACTORA: ASUNCION RAFAEL BETANCOURT, titular de la cedula de identidad N° 8.644.108
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado GHERSON AGELVIS Inpreabogado Nº 100.984
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD DE COMERCIO GRANJAS LAS TRINITARIAS C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado NO COMPARECIO
MOTIVO: BENEFICIOS LABORALES Y OTROS

Hoy, Vientres (23) de Octubre de 2008, día y hora para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, el alguacil hace del conocimiento de la ciudadana jueza que a la hora del anuncio solo se encontraba presente por la parte actora ciudadano: ASUNCION RAFAEL BETANCOURT, titular de la cedula de identidad N° 8.644.108, y el Abogado GHERSON AGELVIS Inpreabogado Nº 100.984, en su condición de apoderado judicial acreditación que consta a los autos por lo que, Se deja constancia que la demandada no compareció ni por si ni por medio de apoderado. Ahora bien, vista la incomparecencia del demandado, revisada como ha sido la petición del demandante y encontrándola que la misma no es contraria a derecho, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS alegados por la demandante y se reserva motivar la procedencia o no de los montos y conceptos los cuales serán debidamente especificados en el fallo que será publicado dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy, haciendo del conocimiento de las parte que solo una vez que transcurra el mismo comenzará a computarse el lapso para el ejercicio de los recursos a que hubiere lugar.. Es todo. Terminó. Se leyó y conforme firma.
LA JUEZA,
Dra. LILIAM PEREZ
LA PARTE ACTORA

LA SECRETARIA, ABG. ARTURO LUIS CALDERON.
DP31-L 2006-242