REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.

PARTE ACTORA: UNIVERSAL BIENES RAICES, (Diaz, Gutierrez, Hidalgo & Cia), registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 19 de Junio de 1997, bajo el N° 31, tomo 27-A.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: THAIS PERNIA MORENO, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 29.722 y de este domicilio.-
PARTE DEMANDADA: SUPERMERCADO JEANNETTE RAFFAINER SCHERRER, mayor de edad, de nacionalidad Suiza, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. E-82.211.326.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: NELXANDRO ROMAN SANCHEZ MARQUEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 39.341 domiciliado en Caracas y aquí de transito.-
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.-
EXPEDIENTE No. 9729-2008.-
En fecha 31 de Octubre de 2008, comparecen las partes y celebraron Convenimiento. Igualmente solicitando la homologación del mismo. El Tribunal al respecto observa: El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil establece:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El juez dará por consumado el acto y se procederá como caso de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN al Convenimiento celebrado entre las partes en el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO tiene incoado UNIVERSAL BIENES RAICES contra JEANNETTE RAFFAINER SCHERRER, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ASÍ SE DECIDE.-
Asimismo se ordena expedir copias certificadas solicitadas.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. En Maracay a los treinta y un (31), del mes de Octubre de dos mil ocho (2008). Años 198° y 149°.
La Juez,


Abg. Mary Fernández Paredes,
La Secretaria Acc.


Teresa Sánchez.

En esta fecha siendo las 10:00 a.m., se publicó y se registró la anterior decisión.
La Secretaria Acc.,



MFP/milagros.-
EXP. 9729-2008.-