En el día de hoy, veintidós (22) de Octubre de Dos mil ocho (2008), siendo las nueve de la mañana, se trasladó y constituyó el TRIBUNAL SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en un inmueble constituido por un apartamento identificado con el Nº 4, ubicado en la Avenida Miranda Este Nº 38, Edificio Santa Maria, Maracay, Estado Aragua, el cual pertenece a la sucesión TORIBIO Rodríguez Lugo, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Frente con Calle Miranda; SUR: Con inmueble que es o fue de Charruza Udelman; ESTE: Con inmueble que fue de Ernestina Fonseca de Feo hoy Edificio de Esteban Fajad, y OESTE: Con el mismo inmueble de la señora Charruza Udelman, propiedad del decujus ciudadano TORIBIO RODRIGUEZ LUGO, según consta en documento Registrado por ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Estado Aragua, en fecha 22 de diciembre de 1967, bajo el Nº 21, folios del 97 al 102, Protocolo Primero, Tomo 3º Adc, a fin de practicar medida de ENTREGA MATERIAL decretada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con motivo del juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoado por la Sociedad de Comercio Universal Bienes y Raíces (Díaz Gutiérrez Hidalgo & CIA) contra el ciudadano CARLOS ALBERTO MORENO SALAZAR en compañía de la apoderada actora abogado THAIS PERNIA MORENO, Inpreabogado Nº 29.722, El tribunal en cumplimiento de la comisión conferida procedió a dar los toques de ley a la puerta del referido inmueble, penetrando al mismo por haberlo permitido la parte actora, quien manifestó que se encuentra en guarda y custodia del mismo por medida de Secuestro practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, pudiendo observar este Tribunal que dicho inmueble se encuentra completamente vació de personas y cosas. Seguidamente el Tribunal a los fines de dar cumplimiento a la medida comisionada, designa perito avaluador al ciudadano GABRIEL TORRES, titular de la Cèdula de Identidad Nº. 3. 793.702 quien expone: El inmueble presenta piso de granito en toda su àrea en mal estado, pintura en general en mal estado, ventanas con vidrios claros en regular estado, puerta principal en madera entamborada con protector de hierro en regular estado, baño con artefactos sanitarios en regular estado, cocina en general en mal estado. El Tribunal cumpliendo la comisiòn conferida hace ENTREGA MATERIAL del





inmueble antes descrito e identificado a la Sociedad de Comercio UNIVERSAL BIENES Y RAICES (Díaz Gutiérrez Hidalgo & Cía.), en la persona de su apoderada judicial, abogado THAIS PERNIA MORENO, quien lo recibe conforme para su representada. Cumplida su misiòn el Tribunal regresa a su sede habitual siendo la 12:00 del medio día. Terminó, se leyó y conformes firman
LA JUEZ


ABG. EUMELIA VELASQUEZ M.
(FDO)

LA APODERADA ACTORA,
(FDO)





EL PERITO AVALUADOR

GABRIEL TORRES
(FDO)

LA SECRETARIA,

ABG. LIGIA J. FALCON
(FDO)
C- 77-08