En fecha 14 de Agosto 2008, se recibió en la Unidad de Recepción y distribución de documentos del circuito Judicial Laboral de Maracay, demanda por concepto de beneficios sociales incoada por la abogada EIRA OVALLES, INPREABOGADO No.111.114, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LARRY JOSE ALMODOBAR ARRIOJAS, ELIO NOE LUQUE RAMIREZ, Y CESAR EUSEBIO MONTILLA REA, titulares de la cedula de identidad No. V-7.050.011, V-7.085.706 y V-7.186.159, en fecha 22-09-2008 se le ordena a la parte actora subsanar el escrito libelar, con fundamento al artículo 123 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, NUMERAL 3 El objeto de la demanda, es decir, lo que se pide o reclama. El demandante debe precisar el objeto de la demanda, en tal sentido el libelo de la demanda debe reunir con verdadera precisión todas las pretensiones del actor, en el se debe hacer mención de todos los elementos relevantes para el proceso, y a los cuales tiene derecho el trabajador.- y el numeral 4: …“Una narrativa de los hechos en que se apoye la demanda;”. PRIMERO: Indique que salario aplico en los cálculos de beneficios que solicita por concepto de diferencia de vacaciones, bono vacacional y utilidades. Explicando las razones por las cuales solo pide su diferencia. SEGUNDO: Debe especificar los días efectivamente laborados de cada mes y año que exige, calculados a el valor de la unidad tributaria vigente, en atención al artículo 36 del reglamento de la Ley de Programa de Alimentación. Informe al Tribunal cuantos trabajadores tiene la empresa demandada