En el día hábil de hoy jueves, en la fecha arriba señalada, siendo las 3:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto y comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto continuando con la mediación. En este estado ambas partes exponen: Que han decido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo pagando a la trabajadora NOHEMI MARTINEZ, titular de la cédula de identidad No. 7.247.947, la cantidad de Bs.13.500,00, en forma fraccionada, un primer pago por la cantidad de Bs.5.500,00, en fecha 20-10-2008, y el segundo y ultimo pago para la fecha 17-11-2008, por la cantidad de Bs. 8.000,00, ante este Tribunal, mediante cheque a nombre de la trabajadora accionante, a las 2:00 p.m; los apoderados judiciales de la parte actora manifiestan que acepta el monto ofrecido y la forma de pago por la empresa demandada y con dicho monto la empresa no queda nada que deberle por concepto de Vacaciones no Disfrutadas
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