REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, veintitrés de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: DP11-C-2008-000118
ACTA
PARTE ACTORA: REYNALDO LINARES GAHON, plenamente identificado en autos.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CARMEN YRENE VELANDIA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.591.
PARTE DEMANDADA: BRIGADA DE APOYO Y SEGURIDAD EMPRESARIAL C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADAISRAEL DAVID, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.496.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, oportunidad en que las partes solicitan sea adelantada la celebración de la audiencia de conciliación fijada para el día 17 de octubre de 2008 a las 2:30 p.m. se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte actora, quien presenta en este acto poder en original y copia para que previa su confrontación le sea devuelto el original y el apoderado judicial de la parte, ambos antes identificados. En este estado la representación de la parte demandada ofrece a la parte actora la cantidad de Bs.F. 1.800,00 por concepto del 50% de las costas procesales de ejecución condenadas en el procedimiento. En este estado, la representación de la parte actora, anteriormente identificada, manifiesta que acepta el ofrecimiento formulado en este acto en los términos y condiciones anteriormente expuestos, declarando que con la celebración de este acuerdo se han satisfecho todas las pretensiones de carácter laboral que tenía contra la demandada no quedándole ésta a deber por ningún otro aspecto ni de carácter labora, civil, penal o de otra índole. En tal sentido se deja expresa constancia que las exposiciones contenidas en la presente acta fueron formuladas libre de constreñimiento alguno y en virtud de que el acuerdo alcanzado por las partes no es contrario a derecho se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada, dándole efecto de cosa juzgada y se ordena la inmediata remisión del expediente al tribunal de origen. Se ordena oficiar a la Oficina de depósito de Bienes para a los fines de la entrega del queque consignado a favor de la experto contable. Finalmente la ciudadana Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 02:00 p.m. de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. LÍBRESE OFICIOS.



LA JUEZA,

ABG. SORY MAITA GONZÁLEZ

APODERADO JUDICIAL LA PARTE ACTORA

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,

ABG. BETHSI RAMIREZ