Visto que la parte actora, ciudadano MÁXIMO GREGORIO NAVAS, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-14.057.961, no subsano el libelo de la demanda en los términos indicados en el auto de fecha dieciséis (16) de enero de dos mil ocho (2008), que riela al folio dieciséis (16) del presente expediente,