REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTICUATRO (24) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.
198º y 149º
Visto el desistimiento suscrito en la ciudadana NAIDILU CAROLINA FREITES ABAROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.633.921, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.613, apoderada judicial de BANCO MERCANTIL,(Banco Universal, C.A), parte demandante en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO CON RESERVA DE DOMINIO, intentado contra la ciudadana RUTH GONZÁLEZ MEDRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.697.701, de este domicilio, correspondiente al expediente signado con el Nº 31.104, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, visto que la misma tiene facultades para desistir de la presente accion, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento. Devuelvanse los originales solicitado previa su certificación en autos y entréguesele al interesado a los fines legales consiguientes. Se suspende la medida decretada en fecha Dieciséis (16) de septiembre del año dos mil ocho. Expídanse por secretaria las copias certificadas solicitadas y entréguesele al interesado a los fines legales consiguientes. Ofíciese al Tribunal Ejecutor de Medidas Correspondiente.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
La Secretaria.
Exp. Nº 31.104
Yami
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