REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA EN FUNCION DE CONTROL N° 6

Maracay, 25 de Septiembre de 2.008.
198º y 149º

CAUSA: N° 6C-11.378/07
JUEZ: ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
FISCAL 15° MP: ABG. YELITZA ACACIO
IMPUTADO: RICHARD RAFAEL CASAÑAS REYES
VICTIMA: JUAN ROGER AGUILERA AULAR
JULIO CESAR ARREAGA AGUIRRE
SECRETARIA: ABG. MIGDALIA SIRA
DECISIÓN: DECRETA SOBRESEIMIENTO EM AUDIENCIA

Revisada como ha sido la presente Causa signada con el Nro. 6C-11.378/07, seguida en contra del ciudadano RICHARD RAFAEL CASAÑAS REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.985.318, residenciado en la Urbanización El Paseo, calle 25, Nº 155, Sector Las Casitas, Maracay, Estado Aragua; y vista como ha sido la solicitud de SOBRESEIMIENTO a favor del prenombrado ciudadano, realizada por la Representante del Ministerio Público, pasa esta Juez a razonar La decisión de la siguiente manera:

Tal como consta en el presente expediente, la ciudadana Fiscal 15º del Ministerio Público ha solicitado a favor del ciudadano RICHARD RAFAEL CASAÑAS REYES se decrete el Sobreseimiento de la Causa manifestando que los hechos no le pueden ser atribuidos al mismo, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1ero del Código Orgánico Procesal Penal.

Ahora bien, esta Juzgadora puede concluir que efectivamente de autos se desprende, que los testigos del hecho y el mismo imputado han manifestado que el mismo no se encontraba presente en el lugar cuando se suscitaron los hechos objeto de la presente investigación. En consecuencia, se puede observar que a pesar de la investigación desplegada por la Fiscalía 15ta del Ministerio Público, sin embargo, EL HECHO OBJETO DEL PROCESO NO PUEDE ATRIBUIRSELE AL IMPUTADO; circunstancia que además de comprobarlo esta Juez a través de la lectura de las actuaciones, a igual conclusión ha llegado la Representante del Ministerio Público, en su condición de titular de la Acción Penal; razón por la cual, necesariamente la decisión sobre esta Causa será la de SOBRESEIMIENTO de la Acción penal, en base a lo establecido en el Ordinal Primero del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.

En base a los razonamientos antes hechos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Sexto de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente Causa, a favor del ciudadano RICHARD RAFAEL CASAÑAS REYES (antes identificado); de conformidad con lo pautado en el Ordinal Primero del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Diarícese. Regístrese la decisión. Remítase a Archivo Judicial Central en su oportunidad.
LA JUEZ,


ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
LA SECRETARIA,


ABG. MIGDALIA SIRA ALVAREZ.

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-
La Secretaria,


Causa Nro. 6C-11.378/08