REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL
Caracas, Dieciséis (16) de Septiembre de 2008
Años: 198º y 149º

Visto que la representación judicial del Instituto Autónomo de Policía Municipal de Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, consignó la planilla de cálculo de prestaciones sociales del funcionario Almeida Centeno Abdón Enrique, en la cual el organismo querellado deja constancia de haber cumplido con los pagos exigidos por la parte actora, a conformidad del querellante, tal y como se desprende del último recaudo de la planilla de liquidación; este Órgano Jurisdiccional HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO celebrado entre ambas partes, en fecha 24 de Octubre de 2005, el cual riela al folio 35, de conformidad con lo establecido en el Artículo 104 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el 262 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,

FLOR L. CAMACHO
EL SECRETARIO TEMPORAL,

JOSE A. PEROZO
Exp. 1084-05
FLCA/OERD.-