REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas,
Años: 198° y 149°

Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado LEOPOLDO MICETT CABELLO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 50.974, en su carácter de apoderado judicial del la parte actora, y el pedimento en ella contenido, este Tribunal lo acuerda de conformidad, en consecuencia, se ordena notificar del avocamiento a la parte demandada ciudadana IDOLINA AZOCAR DE SOSA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V- 3.700.110, mediante Boleta de Notificación, con la advertencia que una vez transcurridos DIEZ (10) DÍAS CONTINUOS de la constancia en autos de su notificación, comenzará a correr el lapso de TRES (03) DIAS DE DESPACHO, a los que se hace referencia el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, ello a los fines de garantizar sus derechos, conforme a los artículos 14 y 233 ejusdem.- Líbrese boleta de notificación.- Cúmplase.-
EL JUEZ,

Dr. ANGEL EDUARDO VARGAS RODRIGUEZ
LA SECRETARIA ACC

Abog. SHIRLEY CARRIZALES.
En esta misma fecha, se libró Boleta de Notificación a la parte demandada.
LA SECRETARIA ACC

Abg. SHIRLEY CARRIZALES

Exp: Nº 14.195
AEVR/SC/ Es.-