REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis (16) de septiembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ASUNTO: AP31-S-2008-000633
SOLICITANTE: POSADA EL ZANCUDO AZUL, C.A.

SOLICITUD DE NOTIFICACIÓN JUDICIAL.-



Se inició el presente expediente con motivo de la solicitud introducida el 27 de marzo de 2008, por la abogada ANA ISABEL GARRIDO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 48.622, actuando en su carácter de apoderada judicial de POSADA EL ZANCUDO AZUL, C.A., sociedad de comercio inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha veinte (20) de abril de 1992, anotada bajo el Nº 46, Tomo 12-A Pro. Revisadas las actuaciones que anteceden se observa que la Solicitud que la contiene fue admitida en fecha 14 de abril de 2008, a los fines de que el Tribunal se trasladara y constituyera en la siguiente dirección: Avenida Don Bosco, Quinta ABC, Nro. 10, La Florida, Parroquia El Recreo, Caracs; para que se practicara Notificación al ciudadano VICENTE ANDRES MORATA ALONZO, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil ORGANIZACIÓN ECO-CHALLENGE, C.A.
Seguidamente se fijó oportunidad para realizar la Notificación Judicial, para el día 09 de abril de 2008, a las 9:30 de la mañana; no compareciendo la parte solicitante, lo cual imposibilitó el traslado del Tribunal para la práctica de la notificación, por cuanto el mismo no contó con el medio de transporte para trasladarse, en fecha 14 de abril de 2008, la parte actora solicitó se fijara nueva oportunidad para la práctica de la misma, la cual fue acordada en fecha 15 abril de 2008, fijándose oportunidad para el 06 de mayo de 2008, a las (9:30) a.m., advirtiendo al solicitante que debía comparecer ante este Despacho antes de la hora fijada, para que trasladase a los funcionarios judiciales al lugar donde se realizaría la notificación. Sin embargo, llegada la hora del día fijado, se dejó constancia mediante acta, que el solicitante no se presentó en la sede del Tribunal para el traslado requerido
Ahora bien, visto el tiempo transcurrido desde la última actuación sin que el solicitante haya impulsado nuevamente su evacuación; es evidente que éste no tiene interés en que le sea practicada la notificación referida. Se observa que dada la naturaleza de la solicitud, es muy probable que ya la misma se haya verificado por cualquier otro medio u órgano, y la práctica actual de dicha notificación no tendría el efecto perseguido en la fecha de su introducción. Por tales razones se declara TERMINADO el presente asunto y se ordena se archivo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA TITULAR,


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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
EL SECRETARIO ACC, ___________________

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JUAN CARLOS CARVAJAL.
En esta misma fecha (16-09-2008), y siendo la (01:00) de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO ACC,


JUAN CARLOS CARVAJAL RUIZ

ASUNTO: AP31-S-2008-000633
ZRZ/JCC/Miguel.-