ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-002971

PARTE ACTORA: LISBETH GRIPPA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: GREYSI CORONIL
PARTE DEMANDADA: COMPUSERMAN INTERNACIONAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FELIX ALVAREZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 17 de septiembre de 2008, a las 02:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana LISBETH GRIPPA, titular de la cédula de identidad N° 12.711.752, y sus apoderadas judiciales ciudadanas GREYSI CORONIL, Procuradora del Trabajador, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 118.524, y el abogado en ejercicio FELIX ALVAREZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 64.784, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, carácter que consta en autos.
Dándose, inicio a la audiencia, seguidamente las partes manifiestan haber llegado al siguiente acuerdo, La parte demandada ofrece cancelar como único pago a la parte actora la cantidad de Bs.(1.516,64), por los conceptos de antigüedad, días adicionales de antiguedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas e intereses sobre prestaciones sociales, el cual será pagado en fecha 03 de octubre de 2008, a las tres de la tarde, por ante la URDD de este circuito judicial, mediante cheque librado contra la Entidad Financiera a elección del ex-patrono a favor del actor, a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado la parte actora debidamente asistida por la Procuradora del Trabajo, acepta la cantidad ofrecida sin más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo una vez que conste en autos la cancelación del pago único acordado se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático. Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las parte de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.
Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman.-
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez

Abg. Gloria García Guzmán

Parte actora y su apoderada

El apoderado parte demandada


La secretaria