REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 17 de septiembre de 2008
198° y 149°

DEMANDANTE: PANTALEONE MARINI DE LUCCA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Av. Dr. Julio Montoya, Parcela número 52-A, sector La Morita del Estado Argua y titular de la cédula de identidad número 13.272.085.
DEMANDADA: Sociedad de Comercio “F.T CARPINTERIÁ C.A”, inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 11 de julio de 2003, bajo número 22-A, en la persona de su presidente ciudadana: MARIA ANDREINA TORRES QUIÑONEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identdad número 15.662.610.
MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO
EXPEDIENTE Nº: 12.844


Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, este Juzgador observa que desde que se admitió la demanda en fecha 29 de febrero de 2008 (Folio 13), la parte demandante no ha cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado JHONNY BERTILIO MARTINEZ BLANCO, y visto que desde la fecha admisión de la causa, hasta la presente fecha, han transcurrido más de Treinta (30) días, es por lo que se declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 Ordinal 1º en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.- Y Así se Decide.- Asimismo se da por terminado el presente juicio y se ordena la desincorporación del expediente y su respectiva remisión al Archivo Judicial.

EL JUEZ,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO,

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ.



RCP/AH/er
EXP. N° 12.812