REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 19 de septiembre de 2008
198° y 149º


Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente cuaderno de medidas y en especial el acta levantada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua en fecha 05 de agosto de 2.008, en ocasión de la práctica de la Medida de Embargo preventivo decretada en autos, mediante la cual se dejó constancia de la transacción celebrada entre las partes; en consecuencia este Tribunal le imparte su Homologación respectiva en conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Así se declara.
EL JUEZ TITULAR


ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA



EL SECRETARIO

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ


RCP/AH/Lt*
EXP/13.212.