REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA


Maracay, 23 de Septiembre de 2008.
198° y 149°



ASUNTO: DP11-L-2006-001140
PARTE ACTORA: WILSON ELIESER RAMIREZ, OSWALDO QUINTERO SUAREZ Y MARCOS ANTONIO CHOURIO CAMEJO

APODERADAS JUDICIALES: JULISSA MARISELA RAMIREZ, HELDER TONY COELHO FARIA e HILDA CECILIA BIGOTT, venezolanos, mayores de edad, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 113.356, 113.236 y 113.383 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: URBANIZADORA ISIS 17 C.A. Y ORGANIZACIÓN COMUNITARIA DE VIVIENDA O.C.V. ANDRES ELIY BLANCO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS CARLOS MALAVE GONZALEZ y WILLIAMS CASTRO, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 80.162 y 77.854 respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Vistas las actuaciones que anteceden, el Tribunal observa.
Que en fecha 22 de septiembre del año en curso se dicto una decisión interlocutoria con carácter de definitiva que le pone fin al proceso.
Observa igualmente el Tribunal, que el mismo día en que se fijo el acto de la audiencia oral de juicio, las partes interponen una diligencia por ante la URDD, a las 12:05 pm, momentos antes del anunció de la referida audiencia de juicio, por lo que dicha actuación aun no estaba agregada a los autos, es decir en el físico del expediente, lo que no permitía en ese momento conocer el contenido de dicha diligencia, al Juez de este despacho.
En virtud de dicha circunstancia, al momento de anunciar la audiencia de juicio, ninguna de las partes estaba presente, debido a que habían acordado la suspensión de la causa, por un tiempo determinado. Esto trajo como consecuencia que el Tribunal incurriera en un involuntario, que obviamente vulnera el derecho de las partes, tal como fue haber declarado la extinción del proceso por inasistencia de las partes a la audiencia de juicio.