En el día hábil de hoy martes, en la fecha arriba señalada, siendo las 3:00 p.m, siendo la oportunidad para la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Jueza, declaró abierto el acto procurando la solución del asunto. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, respecto a los ciudadanos trabajadores LUIS MAGALLANES, JOSE BARRIOS y GERARDO ARAQUE, titular de la cédula de la identidad No.2.850.026, V-2.423.319 y V-9.102.093, la cantidad de Bs.F.32.000,00 para cada uno de los actores, sus apoderados judiciales aceptan los montos señalados y manifiestan que los consideran suficientemente indemnizados, en virtud de la depuración de los conceptos demandados y con dicho pago la demandada no quedara nada que deberle por concepto de prestaciones sociales y demás beneficios establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo, en la Ley del Seguro Social y Ley de Política habitacional; la parte demandada manifiesta que la cancelación de dicho monto a cada uno de los trabajadores se efectuara con los únicos bienes de la empresa que se encuentran embargados por el Tribunal de Primera Instancia Civil con sede en la ciudad de la Victoria, estado Aragua. Los apoderados judiciales en nombre de quienes representan, aceptan las cantidades de dinero ofertadas por la parte demandada, a su entera y cabal satisfacción manifestando que en el momento que se materialice el acuerdo de pago, nada le quedará a deber la parte demandada por los conceptos reclamados ni por ningún otro derivado de la relación de trabajo. En este estado el abogado ANGEL TREJO, INPREABOGADO No.116.733 en su carácter de apoderado de la empresa DISTRIBUIDORA ELECTRICA CA y del ciudadano ZENEN ABDON LLANOS MANCERA, solicita se levante la medida cautelar en contra de mi representado en vista del arreglo aquí explanado , todo esto de que mi representada nada tiene que deber con este proceso, es todo. En este estado la representación judicial de la parte actora manifiesta: solicito al Tribunal que se mantengan las medidas cautelares acordadas cursante a los autos en contra de la parte demandada en su totalidad hasta que cada uno de nuestros representados reciban integralmente los montos aquí ofertados y aceptados y solo en ese momento estaríamos conformes con el levantamiento de medidas solicitadas. El Tribunal oídas las exposiciones de las partes acuerda lo peticionado por los apoderados judiciales de la parte actora.
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