Se inicia el presente procedimiento, en fecha 07 de marzo 2008, donde el ciudadano DAVID RODRIGUEZ, titular de la cédula de la identidad No.7.225.206, se amparo por ante este circuito laboral del estado Aragua contra la empresa AJEVEN C.A, por concepto de cobro de prestaciones sociales; a lo cual este Tribunal admitió la demanda en fecha 12-03-2008, librándose el respectivo cartel de notificación a la empresa demandada, practicada la misma la secretaria de este Tribunal certifico; iniciándose el computo para el día de la audiencia preliminar, la cual se celebró en fecha 18-04-2008, prolongándose en tres oportunidades, posteriormente en fecha 16 de Septiembre del presente año la parte actora ciudadano DAVID RODRIGUEZ, titular de la cédula de la identidad No.7.225.206, asistida por la abogada RUTH RODRIGUEZ, INPREABOGADO No.94.095, presento actuación conjunta con la apoderada judicial de la parte demandada, arriba identificada, por ante la unidad de recepción y distribución de documentos de este circuito laboral donde manifiesta “… DESISTO DEL PROCEDIMIENTO.., incoado contra la empresa AJEVEN C.A”.