En el día de hoy 12 de Agosto de 2008, siendo las 03:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora los Apoderados Judiciales Abogados JUAN ERNESTO ESPINOZA ALTUVE, Y JUAN DE DIOS ESPINOZA BAPTISTA, arriba identificados. Por la demandada POR MZAM TOPES C.A. la Abogada YOLAIME PINEDA; y POR REZAM C.A., PERSAMATIC C.A. Abogado JOSÉ MORILLO, plenamente identificados supra. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F.20.000,00), para ser pagado EN DOS PAGOS PARCIALES, en la sede del tribunal a las 02:00 p.m., en los montos y en las fechas que se indican seguidamente y a través de cheque elaborado a nombre del Trabajador MARLON JOSE RAMOS CALANCHE, EL PRIMER PAGO el día 18 de Septiembre de 2008, por la cantidad de Bs. F. 15.000,00 y el segundo pago el día 20 de Octubre de 2008, por la cantidad de Bs. F.5.000,00. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los conceptos demandados en el presente asunto.
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