JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DOS DE ABRIL DEL DOS MIL NUEVE.
198 º y 150º
PARTES:
Demandante: ABELARDO JULIAN MARIN LOZADA
Demandado: Toda persona interesada
Motivo. Rectificación de Acta de Matrimonio
Vista la anterior demanda por el ciudadano: ABELARDO JULIAN MARIN LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.397.480 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado VICTOR MANUEL CIANO DE COOLS, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 113.292 y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la ley, se le da entrada. Se admite cuando ha lugar en derecho. Se dispone formar expediente y numerarse.
El error denunciado consiste en que en la oportunidad en que se asentó la el ACTA DE MATRIMONIO por ante el Consejo Municipal del Municipio Autónomo Maturín, del Estado Monagas, registrada en el libro 1, folio 104, acta Nro. 30 del año l988 se incurrió en un error involuntario al colocar su lugar de nacimiento como Margarita, Estado Nueva Esparta, cuando lo correcto es Porlamar, Estado Nueva Esparta.
Para efectos probatorios el solicitante consignó: El acta a rectificar, fotocopia de su cédula de identidad, copia certificada de su partida de nacimiento y copia certificada de la partida de nacimiento de su menor hijo.
Probados como han sido los hechos alegados y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, éste Tribunal de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA al Registro Civil del Municipio Maturín de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y al Registrador Principal de este mismo Estado, hacer la debida nota marginal en la señalada acta de MATRIMONIO así:“ Donde se colocó como lugar de nacimiento , Margarita , Estado Nueva Esparta, debe decir: Porlamar, Estado Nueva Esparta y así se decide.
Envíense las copias necesarias a las autoridades civiles competentes, a los fines legales consiguientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA,
Abog. Yohiska Mujica Luces.
En ésta misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.- Conste.-
La Stria,
Exp.: 31.842
Realizado por luz yendez
El Juez Suplente especial (fdo) Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO La Secretaria, (fdo) Dra. Yohíska Mujica Luces, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, dos de abril del dos mil nueve. Años 198° y 150°. Definitivamente firme como ha quedado el fallo recaído en el presente juicio. Ejecútese. El Juez (fdo) Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO. La Secretaria, (fdo) Dra. Yohíska Mujica Luces. Es copia fiel y exacta de su original respectivo LO CERTIFICO en Maturín, dos de abril del dos mil nueve.
LA SECRETARIA,
YOHISKA MUJICA.
Exp. 31.842
Realizado por luz yendez
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DOS DE ABRIL DEL DOS MIL NUEVE.
198 º y 150º
Definitivamente firme como ha quedado el fallo recaído en el presente juicio. Ejecútese.
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,|
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA LUCES
Exp.- 31.842
JBMQ/ly-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Maturín, 02 de abril del 2.009
198 ° y 150º
0840-7.183
CIUDADANO
REGISTRADOR PRINCIPAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
SU DESPACHO.-
Adjunto al presente oficio remito a Ud., constante de Dos (02) folios útiles copia certificada de la sentencia firme y debidamente ejecutoriada, recaída en el juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO intentada por el ciudadano: ABELARDO JULIAN MARIN LOZADA contra toda persona interesada, con el fin de que se sirva estampar la correspondiente nota marginal en dicha ACTA, la cuál corre inserta en el libro 1, folio 104, acta Nro. 30 del año l988, de los libros de autenticaciones de matrimonios, llevados por ante ese Despacho.
DIOS Y FEDERACION,
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Exp.: 31.842
Maturín, 02 de abril del 2.009
198 ° y 150 °
0840-7.184
CIUDADANO
REGISTRADOR CIVIL DEL MUNICIPIO AUTONOMO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS.
SU DESPACHO.-
Adjunto al presente oficio remito a Ud., constante de Dos (02) folios útiles copia certificada de la sentencia firme y debidamente ejecutoriada, recaída en el juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO intentada por el ciudadano: ABELARDO JULIAN MARIN LOZADA contra toda persona interesada, con el fin de que se sirva estampar la correspondiente nota marginal en dicha ACTA, la cuál corre inserta en el libro 1, folio 104, acta Nro. 30 del año l988, de los libros de autenticaciones de matrimonio llevados por ante ese Despacho.
DIOS Y FEDERACION,
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Exp.: 31.842
Anexo: lo indicado
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