REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. SALA DE JUICIO. Maturín, 28 de Abril de Dos Mil Ocho.
199º y 150º

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano RODOLFO ALEXANDER RAMIREZ, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio ENEIDA VILLAHERMOSA ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.746, y visto que en fecha 27-11-2.007 se declaró la Perención de la presente causa de Ofrecimiento de Obligación de Manutención que formulara el ciudadano RODOLFO ALEXANDER RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.724.265, de este domicilio, a favor de su hija ALEXANDRA VALENTINA RAMIREZ AULAR, procreada con la ciudadana FRANCIS EUDORIS AULAR TOLEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.291.772, de este domicilio, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acuerda levantar y dejar sin efecto la medida de embargo decretada en fecha 25-10-05 sobre el salario, utilidades de fin de año y Liquidación de Servicios y cualquier otro concepto laboral devengado por diligenciante, quedando sin efecto el contenido del oficio N° 6859, de fecha 25-10-2.005. Se libraron oficios Nros. 16839-09 y 16840-09 a la Consultoría Jurídica y Departamento de Recursos Humanos de la Empresa PDVSA, Sede San Tomé, Estado Anzoátegui.
LA JUEZ PROFESIONAL TITULAR SEGUNDA

Dra. ELINA CIANO DE COOL´S

LA SECRETARIA

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA
Exp. N° 6838-98
JACKISS