REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 30 de Abril de 2009
199° y 150°
Nº 128-09
PONENTE: DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
CAUSA Nº S5-09-2457
Corresponde a esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, decidir sobre la admisibilidad o no del Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ABG. CARMINE SMARRELLI, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos CARLOS ARGENIS BURGUILLOS LÓPEZ y STEWARD JOSÉ BELLO BURGUILLOS, en contra de la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del ciudadano DR. MÁXIMO GUEVARA RIZQUEZ, de fecha 20 de Marzo del año que discurre.
A tales fines observa esta Sala lo siguiente:
De la revisión exhaustiva realizada a todas y cada una de las actas procesales que integran las presentes actuaciones, se pudo constatar que el apelante de autos posee la legitimidad requerida para impugnar la decisión dictada por el Juzgado A-quo, asimismo que fue interpuesta dentro del lapso legal correspondiente; y por último que no es de aquellas decisiones irrecurribles o inimpugnables expresamente señaladas por la Ley, todo ello según lo consagrado en Norma Adjetiva Penal para la interposición del recurso; por lo que se considera ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ABG. CARMINE SMARRELLI, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos CARLOS ARGENIS BURGUILLOS LÓPEZ y STEWARD JOSÉ BELLO BURGUILLOS, en contra de la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del ciudadano DR. MÁXIMO GUEVARA RIZQUEZ, de fecha 20 de Marzo del año que discurre, de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 435, 436, 451, 453 y 455 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena fijar la celebración del Acto de la Audiencia Oral para Oír a las Partes, pautada en el articulo 456 Ejusdem, para el día Jueves 14 de Mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana. Y ASÍ SE DECIDE.
D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos antes expuestos esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto el ciudadano ABG. CARMINE SMARRELLI, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos CARLOS ARGENIS BURGUILLOS LÓPEZ y STEWARD JOSÉ BELLO BURGUILLOS, en contra de la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del ciudadano DR. MÁXIMO GUEVARA RIZQUEZ, de fecha 20 de Marzo del año que discurre, de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 435, 436, 451, 453 y 455 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena fijar la celebración del Acto de la Audiencia Oral para Oír a las Partes, pautada en el articulo 456 Ejusdem, para el día Jueves 14 de Mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana.
Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes y diarícese.
EL JUEZ PRESIDENTE
(PONENTE)
DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
LA JUEZ INTEGRANTE LA JUEZ INTEGRANTE
DRA. CLOTILDE CONDADO RODRÍGUEZ DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA
LA SECRETARIA
ABG. ROSA MATTEY
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. ROSA MATTEY
CAUSA N° S5-09-2457
JOG/CCR/CMT/RM/Mariana.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 30 de Abril de 2009
199° y 150°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano FISCAL CENTÉSIMO DÉCIMO NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que esta Sala en esta misma fecha, dictó el siguiente pronunciamiento: “…DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto el ciudadano ABG. CARMINE SMARRELLI, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos CARLOS ARGENIS BURGUILLOS LÓPEZ y STEWARD JOSÉ BELLO BURGUILLOS, en contra de la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del ciudadano DR. MÁXIMO GUEVARA RIZQUEZ, de fecha 20 de Marzo del año que discurre, de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 435, 436, 451, 453 y 455 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena fijar la celebración del Acto de la Audiencia Oral para Oír a las Partes, pautada en el articulo 456 Ejusdem, para el día Jueves 14 de Mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana…”.
Notificación que se hace a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ PRESIDENTE
DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
NOTIFICADO----------------FECHA-------------HORA--------
CAUSA Nº 09-2457
JOG/Mariana.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 30 de Abril de 2009
199° y 150°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano ABG. CARMINE SMARRELLI, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos CARLOS ARGENIS BURGUILLOS LÓPEZ y STEWARD JOSÉ BELLO BURGUILLOS, que esta Sala en esta misma fecha, dictó el siguiente pronunciamiento“…DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto el ciudadano ABG. CARMINE SMARRELLI, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos CARLOS ARGENIS BURGUILLOS LÓPEZ y STEWARD JOSÉ BELLO BURGUILLOS, en contra de la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del ciudadano DR. MÁXIMO GUEVARA RIZQUEZ, de fecha 20 de Marzo del año que discurre, de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 435, 436, 451, 453 y 455 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena fijar la celebración del Acto de la Audiencia Oral para Oír a las Partes, pautada en el articulo 456 Ejusdem, para el día Jueves 14 de Mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana…”.
Notificación que se hace a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ PRESIDENTE
DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
NOTIFICADO----------------FECHA-------------HORA--------
CAUSA Nº 09-2457
JOG/Mariana.
DIRECCIÓN: AVENIDA EL SAMAN CON CALLE YURUARY, EDIFICIO URIBANTE, PISO 3, OFICINA C-4, EL MÁRQUEZ, MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 30 de Abril de 2009
199° y 150°
BOLETA DE TRASLADO Nº 026-09
Al ciudadano DIRECTOR DEL INTERNADO JUDICIAL REGIÓN CAPITAL EL RODEO I, sírvase de trasladar con las seguridades que amerite el caso y bajo su estricta vigilancia y responsabilidad, a los ciudadanos CARLOS ARGENIS BURGUILLOS LÓPEZ y STEWARD JOSÉ BELLO BURGUILLOS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-14.035.761 y 17.386.588, respectivamente, a los fines que se efectúe la celebración del Acto de la Audiencia Oral, contemplada en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día Jueves 14 de Mayo del año que discurre, a las 11:00 horas de la mañana. ASIMISMO, SE LE INFORMA QUE SE ENCUENTRA EN EL DEBER DE HACER CUMPLIR EL PRESENTE MANDATO JUDICIAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL.
EL JUEZ PRESIDENTE,
DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA.
CAUSA Nº S5-09-2457
JOG/Mariana.
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