REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







EN SU NOMBRE


JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BÁRBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 06 de Abril de 2009
198° y 150°

EXP. 2331


De las partes, sus apoderados y de la acción deducida.

1. QUE LAS PARTES EN ESTE JUICIO SON:

PARTE DEMANDANTE: Sociedad Mercantil INVERSIONES LESAMA, C.A., debidamente inscrita por ante por ante el Registro de Comercio llevado por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, de Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 20/09/1.993, bajo el N° 303, tomo II habilitado, folios 89 al 93, por medio de su Apoderada Judicial MIRNA JOSEFINA LAVERDE MORENO, inscrita con el INPREABOGADO bajo el N° 64.026.-
PARTE DEMANDADA: KHALED ABI FARAG KAED BEY, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.055.826.-
2. ACCIÓN DEDUCIDA: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
3. ASUNTO: HOMOLOGACIÓN DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCION
Antecedentes

En fecha 20/03/2009, compareció por ante el Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en funciones de Distribución para esa fecha la Abogada MIRNA JOSEFINA LAVERDE MORENO, actúan como Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LESAMA, C.A., e interpuso formalmente demanda por RESOLUCIÒN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO contra el ciudadano : KHALED ABI FARAG KAED BEY, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.055.826, recayendo por distribución a este Tribunal en fecha 26/03/2009.
La demanda fue admitida en fecha 26/03/2009, tal y como consta en el folio 34 del presente expediente, en consecuencia se ordenó librar boleta de citación de la parte demandada ciudadano KHALED ABI FARAG KAED BEY , para que comparezca por ante este Tribunal al Segundo (2do) días de Despacho siguiente a su citación, a fin de que de contestación a la demanda.-
En fecha 02 de Abril del año 2009, comparece por ante este Juzgado la Abogada en ejercicio MIRNA JOSEFINA LAVERDE MORENO, y manifiesta que ha decidido ponerle fin a este Procedimiento mediante Desistimiento el cual ríela al folio 36 del cuaderno principal del presente expediente, siendo ello así, el Tribunal a los efectos de impartir la Homologación de ley, luego de estudiadas las actas procesales que conforman el expediente se pronuncia de la siguiente manera:
De autos se constata la capacidad de la parte actora Abogada MIRNA JOSEFINA LAVERDE MORENO; a quien le fue conferida de forma expresa la facultad para realización de dicho acto, tal como se evidencia en documento poder que riela a los folios 05, 06 y su vto., del cuaderno principal del presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil.
En tal sentido, debe afirmar este Juzgado que las referidas circunstancias fácticas y jurídicas hacen procedente en derecho impartir la Homologación correspondiente al DESISTIMIENTO de la Acción realizada por la parte actora, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase.

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.

Dado, Firmado en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de los Municipios, Maturín, Aguasay, santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín a los Seis (06) días del Mes de Abril del Año Dos Mil Nueve.- Años 198° de la Independencia y 150° de la Federación.- siendo las dos (2:00) de la tarde.
LA JUEZ TITULAR,

Abg. ODIELYS HERDE MARCANO.
LA SECRETARIA TITULAR.

En esta misma fecha siendo las 2:00 P.M., se dictó y publicó el anterior auto y se le dio cumplimiento a lo ordenado en él.

LA SECRETARIA TITULAR.
OHM/MPB/Ana C
Exp.: 2331