REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 29 de Abril de 2009
199° y 150°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2009-000063
DEMANDANTE: JOSE FRANCISCO SUAREZ ANUEL
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: YASMORE PEÑA
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA EL TRIUNFO
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGDA. MARIA TORIN
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy miércoles veintinueve (29) de Abril de 2009, siendo las 9:30 AM.,oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Cobro de Prestaciones Sociales, le tiene incoado el ciudadano: JOSE FRANCISCO SUAREZ ANUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.280.409, parte actora y presente en este acto, comparecen a esta Audiencia la abogada, TRIXIMAR MUNDARAIN, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.98.772, en su condición de apoderada Especial de la parte actora, como Procuradora Especial de Trabajadores, y a su vez, MARIA TORIN, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 121.719, en su condición de apoderada judicial de la empresa demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado la apoderada judicial de la parte demandada, ofrece pagar al trabajador la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. 800,00), como pago de todos los conceptos que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda, para lo cual hace entrega al demandante, en este mismo acto, del cheque No. 32886703, de fecha 07-04-2009, por la citada cantidad, girado contra el Banco Banesco, a nombre del ciudadano JOSE SUAREZ, parte demandante en la presente causa, antes identificado. Oferta esta que es aceptada por el demandante y su abogada asistente conformes, en este mismo acto. Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que transcurran tres (3) días, a partir de la presente fecha. Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes en la apertura de la Audiencia Preliminar, les fueron entregadas a los mismos, en este mismo acto. Cúmplase.
Siendo las 10:15 AM. Se dio por terminada la presente Audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA,
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