ACTA



N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2008-006172
PARTE ACTORA:YELITZA ALAMO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ISABEL RICO DE OLIVEROS, SUSANA ISIS RINCON ALBORNOZ, ANASTACIA RODRIGUEZ, ANA MARINA DIAZ, CLAUDIA CASTRO, GREYSI MARIA CORONIL ARANGO, CELIA ZERPA, ANTONIO MEDINA, ENZO PISCITELLI, ZULAY PIÑANGO, LEONARDO GARCIA, LITZ PINO, MARIA CARZOLA, SORAIMA SOLORZANO
PARTE DEMANDADA: GRUPO EDITORIAL DAHSHUR XXI, C.A (CONCEPTO VISUAL)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS GARCIA GONZALEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 07 de abril de 2009, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecieron ante este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, la ciudadana YELITZA ALAMO FUENTES, titular de la cédula de identidad Nro. 18.709.444, en su carácter de parte actora, debidamente representada por la Procuradora de Trabajadores ISABEL RICO DE OLIVEROS, IPSA Nro. 70.606. Por la demandada, comparece el abogado en ejercicio LUIS GARCIA GONZALEZ, IPSA Nro. 60.380, en su carácter de apoderado, según documento poder que riela a los autos, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Los derechos reclamados por la parte actora aparecen detallados en el libelo de demanda. Ambas partes en aras de la autocomposición procesal y a los fines de dar por terminado el presente juicio, acuerdan que la parte demandada cancele a la parte actora la suma total de Bs. 3.000, en fecha 30 de abril de 2009, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD). La parte actora manifiesta que una vez recibido el pago ofrecido no tiene nada más que reclamar a la demandada por lo que otorga el más amplio finiquito de ley. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que dada la transacción celebrada no se consignaron pruebas. El Tribunal exhorta a las partes a cumplir de buena fe el presente acuerdo. Una vez conste en autos el pago ofrecido, se ordenará el cierre y archivo del expediente.


La Jueza

Olga Romero La Secretaría


Claudia Yánez Correa

Parte actora Parte demandada