REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-000981
PARTE ACTORA: EDGAR ARCANGEL SANCHES CASTILLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JENNITT MORENO
PARTE DEMANDADA: CERVECERIA JUAN GRIEGO SRL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VÍCTOR LUCENA
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 27 de abril de 2009, a las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, dándose inicio se deja constancia que compareció el abogado Víctor Lucena, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 76.664, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, como se evidencia de autos, no compareciendo la parte actora ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo cual y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara el desistimiento del procedimiento. Asimismo, se deja constancia que en este acto se hace la devolución de las pruebas promovidas por la parte demandada, quedando a disposición de la parte actora las pruebas promovidas por ella.

La Jueza La Secretaria


Abg. Milagros Jiménez Abg. Dayana Díaz



Apoderado judicial de la parte demandada