REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 6
Caracas, Tres (03) de Abril de Dos Mil Nueve (2009)
198º y 150º
Asunto: AP51- V-2007-008627
Motivo: Divorcio Contencioso
Demandante: ANDRES EL0Y TORO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-11.604.885.
Demandado: RINA ESTHER TORRES VARGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-11.553.423.
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Revisadas exhaustivamente como han sido las actas procesales del presente asunto signado bajo el Nº AP51-V-2007-008627, nomenclatura de este Circuito Judicial, sobre Divorcio Contencioso, presentada por el ciudadano ANDRES ELOY TORO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-11.604.885, debidamente asistido por la abogada EFIGENIA GUTIÉRREZ PARISCA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 30.335, contra la ciudadana RINA ESTHER TORRES VARGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-11.553.423; se observa que las partes no han efectuado el debido impulso procesal, siendo que la ultima actuación que consta en el expediente corresponde al día Catorce (14) de Mayo de Dos Mil Siete (2007); este JUEZ UNIPERSONAL N ° 6 DE LA SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente asunto, de acuerdo a lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente asunto y así se decide. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ, LA SECRETARIA,
JOSE ALBERTO NUNES MARQUINA MARIA EUGENIA VELASQUEZ
AP51- V-2007-008627
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