JUZGADO SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, veintiuno (21) de abril de dos mil nueve (2009).

199º y 150º


En fecha doce (12) de marzo de dos mil nueve (2009) este Juzgado declaró PROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por el abogado Jesús David Rojas Hernández, Inpreabogado Nº 48.187, actuando como apoderado judicial del Instituto Autónomo de Ferrocarriles del Estado (IAFE), contra la Providencia Administrativa N° 00352-08, dictada en fecha 19 de mayo de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador (Sede Norte), en consecuencia se suspendieron los efectos de la Providencia Administrativa Nº 00352-08, dictada en fecha 19 de mayo de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador (Sede Norte) que declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la ciudadana GIOCONDA MIROSLAVA ECHENIQUE GAZZOTTI, titular de la cédula de identidad Nº 12.524.228, contra el Instituto Autónomo de ferrocarriles del Estado (IAFE). La suspensión de los efectos se hizo hasta tanto se resuelva el fondo del recurso de nulidad.

Ahora bien observa el Tribunal que contra la procedencia de la suspensión de efectos antes señalada no hubo oposición alguna, en consecuencia se ratifica la medida, y así se decide.
EL JUEZ

ABG. GARY JOSEPH COA LEÓN



EL SECRETARIO TEMP.,


ABG. ALEXANDER R. QUEVEDO




Exp: 08-2266/Msi.