REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintiocho de abril de dos mil nueve
199º y 150º

Conforme a lo ordenado en el Cuaderno Principal del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (Vía Ejecutiva), sigue ADMINISTRADORA ELITE C.A., contra JUAN JOSE ESCONTRELA MAO, ANA MARIA ESCONTRELA MAO, ISAAC ESCONTRELA MAO, BENJAMIN ESCONTRELA MAO, JESUS ESCONTRELA MAO, RAMON ESCONTRELA MAO, MARIA CONCECION ESCONTRELA MAO y MIGUEL ESCONTRELA MAO, el cual se sustancia en el Expediente Nº: AH15X2009000025, se abre el presente cuaderno de medidas para proveer sobre la medida solicitada, asimismo el Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, se decreta medida de EMBARGO EJECUTIVO sobre los bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS BOLÍVARES CON 90/100 (Bs.F 764.442,90), que comprende el doble de la suma que su pago se demanda, o sea, la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES CON 48/100 (Bs.F 332.366,48), mas las costas procésales calculadas por el Tribunal en NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NUEVE BOLIVARES CON 94/100 (Bs.F 99.709,94), con la advertencia que si el embargo recae sobre cantidades líquidas será hasta por la suma de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON 42/100 (Bs.F 432.076,42).- Para la práctica de la medida decretada se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (que por distribución le corresponda), con facultad para designar los auxiliares de justicia que considere pertinente para la practica de la misma.- Líbrese despacho y remítase con oficio al Tribunal comisionado.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
LA SECRETARIA

AMCdM/LV/Yamile.-