REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veinticuatro (24) de abril de dos mil nueve (2009)
198º y 150º
Vista la solicitud presentada por el ciudadano TONY GIANNI GRIECO FORTUNATO, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.473.156, asistido por el abogado Víctor Eduardo Rios Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 124.621, mediante la cual requiere la rectificación del Acta de Matrimonio N° 636, de fecha 29 de noviembre de 2003, asentada al Tomo 1, folio N° 231 del año 2004, de los Libros de Matrimonio llevados por el Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, así como de la partida de nacimiento de fecha 08 de agosto de 2007, asentada bajo el N° 1532, Tomo 7, folio 31 de los Libros de Nacimiento llevados por el mencionado Registro, alegando que las mismas adolecen de un error material, ya que el segundo nombre del Solicitante, se asentó como “GIANNO”, siendo lo correcto “GIANNI”.
Para demostrar lo denunciado, el solicitante aportó copia certificada de los siguientes recaudos, los cuales analizará este Juzgado, por cuanto se trata de documentos públicos administrativos, emanados de los funcionarios públicos competentes para expedirlas, y se apreciarán en todo su valor de plena prueba:
1) Acta de Matrimonio N° 636, celebrado entre los ciudadanos TONY GIANNO GRIECO FORTUNATO y DAYANNA ELISA CEPEDA VEGA, de fecha 29 de noviembre de 2003, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda en fecha 08 de agosto de 2007;
2) Copia certificada del Acta de Nacimiento de la niña DASHA NARELLA GRIECO CEPEDA, inscrita en el Registro Civil del Municipio Chacao, Estado Miranda, bajo el No. 1532, Tomo 7, folio 31, del año 2007, expedida por el Registrador Civil, el 8 de agosto de 2007.
3) Copia simple de una certificación mecanografiada del Acta No. 2476, inserta al folio 238 del Libro de Registro Civil No. 2 de la Parroquia La Candelaria, del Municipio Libertador del Distrito Federal, año 1972, expedida por el Registro Público Principal del Distrito Federal, el 02 de abril de 200, contentiva de la Partida de Nacimiento del niño TONY GIANNI.
4) Copia certificada del Acta de Nacimiento No. 2474, cursante al folio 238 del año 1972, del libro de Nacimientos de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, de TONY GIANNI, expedida por el Registro Público Principal del Distrito Federal, el 02 de abril de 2009.
El Tribunal constata que en el Acta de Matrimonio N° 636, cursante al folio 231 del Tomo 1 del Libro de Registro Civil, aparece asentado que el día veintinueve (29) de noviembre de 2003, ante la presencia de los ciudadanos Adonis Dager y Sandra Idrogo, Prefecto y Secretaria del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, contrajeron matrimonio los ciudadanos TONY GIANNI GRIECO FORTUNATO y DAYANNA ELISA CEPEDA VEGA, titulares de la Cédula de Identidad números V-10.473.156 y V-6.682.690. Igualmente se evidencia que en dicha Acta se dejó constancia que los padres del contrayente son los ciudadanos Gerardo Grieco Fasana y Rosinda Fortunato de Grieco.
Igualmente se constata del Acta de Nacimiento No. 1532, que el día 8 de agosto de 2007, fue presentada ante el Registrador Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, una niña que tiene por nombre DASHA NARELLA, como hija de la presentante, ciudadana DAYANNA ELISA CEPEDA VEGA, titular de la Cédula de Identidad No. V-6.682.690 y del ciudadano TONY GIANNO GRIECO FORTUNATO, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.473.156, nacida el 18 de junio de 2007, a las 10:15 p.m., en el Hospital de Clínicas Caracas del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Tanto de la copia simple mecanografiada, como de la copia certificada del Acta de Nacimiento No. 2476, se evidencia que el día 13-10-1972, fue presentado ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), por el ciudadano GERARDO GRIECO FASANA, un niño de nombre TONY GIANNI, nacido el 3 de noviembre de 1971, a las 8:40 a.m., en la Policlínica Luis Razetti, como hijo del presentante y de la ciudadana ROSINA FORTUNATO DE GRIEGO.
Ahora bien, de los hechos evidenciados en los documentos analizados, este Juzgado declara que quedó plenamente probado en este procedimiento, que el segundo nombre del solicitante es GIANNI, en vez de GIANNO, como aparece en el Acta de Matrimonio de éste y la de su hija.
En base a las consideraciones que anteceden, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara CON LUGAR la solicitud de rectificación de las siguientes Actas: 1) Acta de Matrimonio N° 636, cursante al folio 231 del Tomo 1, del Libro de Registro Civil, levantada el día veintinueve (29) de noviembre de 2003, por el Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, con ocasión del matrimonio contraído por los ciudadanos TONY GIANNI GRIECO FORTUNATO y DAYANNA ELISA CEPEDA VEGA, titulares de la Cédula de Identidad números V-10.473.156 y V-6.682.690. 2) Acta No. 1532, cursante al folio 31, Tomo 07 del año 2007, levantada el 8 de agosto de 2007, ante el Registrador Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, contentiva del Acta de Nacimiento de la niña DASHA NARELLA GRIECO CEPEDA, hija de los ciudadanos DAYANNA ELISA CEPEDA VEGA y TONY GIANNI GRIECO FORTUNATO.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente a la Oficina de Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, para que se estampe la nota marginal a que se contrae el artículo 506 del Código Civil; adjunto a copia certificada de la solicitud que encabeza estas actuaciones y de la presente decisión, la cual se ordena expedir de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimientos Civil, una vez la parte interesada consigne las copias simples para su certificación.
LA JUEZ TITULAR,
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Abg. ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA TITULAR,
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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.
ZRZ/vr/jccr/Exp: AP31-F-2009-000052.
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