REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 17 de Abril del año 2009
198º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-00534

Visto el escrito de fecha 15 de abril del año 2009, por el ciudadano Aldri Guacaran Bracamonte titular de la Cédula de Identidad Nº 11.311.262, parte Actora, representado por el abogado Pedro Laprea inscrito en el IPSA bajo el Nº 26.264 y por la parte Demandada la abogada en ejercicio Alejandro Viloria inscrito en el IPSA bajo el Nº 65.687 plenamente identificado en autos, con ocasión a la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano Aldri Guacaran Bracamonte contra la empresa Vigilancia y Trasporté de Valores Bancarios, C.A ( VIGIBANCA), mediante la cual la Parte Demanda se compromete a entregar a la Parte Actora la cantidad de Bs. F. 20.000 dentro de los 5 días hábiles siguientes al día 15-04-2009, este Juzgado por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, Finalmente este Juzgando dará por terminada la presente causa una vez conste en autos el pago convenido.. CÚMPLASE CON LO ORDENADO

La Juez

Abg. Mónica Quintero
La Secretaria

Abg. Gloria Medina