REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 21 de abril de 2009
199° y 150º
DEMANDANTE: HEMELINDA MAGALLY PÁEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.841.223. APODERADOS JUDICIALES: HERNAN CARVAJAL MORALES y LEONARDO ENRIQUE LUCES RODRÍGUEZ ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.636.440 y V-7.207.741 respectivamente, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 15.010 y 94.442 también respectivamente.
DEMANDADA: ASOCIACIÓN CIVIL “BASE ARAGUA”, constituida el 20 de mayo de 2.002, mediante documento registrado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Girardot del estado Aragua, bajo el Nº 40, folios 277 al 284, Protocolo Primero, Tomo 7 del segundo Trimestre, en la persona de su representante legal ciudadano DALLMIR OMAR RUÍZ TONIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.993.761 de profesión Arquitecto, en su carácter de Presidente de la referida institución.
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
EXPEDIENTE: 11.262
Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado LEONARDO LUCES inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 94.442 actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana HEMELINDA MAGALLY PÁEZ ya identificada, quien figura como demandante en el presente juicio, mediante la cual declara ante este Tribunal que desiste del presente procedimiento y de acción civil.
|