REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 30 de Abril de 2009.-
199° y 150°
DEMANDANTE: NEWYN GÓMEZ.
DEMANDADO: INVERSIONES CIBEL-MAR, C. A.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES
EXPEDIENTE Nº: 9507.
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y de la revisión se constató que desde que se admitió la demanda en fecha 15 de Octubre de 2003 (Folio 13), la parte demandante no dio cumplimiento a las obligaciones que le impone la ley para que fuere practicada la citación de la demandada INVERSIONES CIBEL-MAR, C. A., y visto que desde la fecha supra, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de Treinta (30) días, es por lo que resulta procedente
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