EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 21 de Abril del 2009
199º y 150º

ASUNTO: DP11-S-2009-000003
ACTA

EMPRESA OFERENTE : “GRUPO TURAGUA PRIX, C.A..”, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, bajo el Tomo 738B, Numero 82, el 15 de febrero del 2000.

APODERADA DE LA PARTE OFERENTE: Dra . NEIDA DE ALMEIDA DOS ANJOS , inscrita en el IPSA bajo el Nro. 85.905.

PARTE OFERIDA : Ciudadana ISBELIZ ALEXANDRA FRANCO NIEVES , venezolana, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.770.733.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: Dr. GIOVANNI CONTE VISCIDO, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 86.148.

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En horas de despacho del día de hoy martes 21 de Abril del 2009, siendo las 10:oo a.m. , oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la AUDIENCIA ESPECIAL comparecen por ante este Tribunal la Abogado NEIDA DE ALMEIDA DOS ANJOS , inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 85.905, en representación de la empresa “GRUPO TURAGUA PRIX, C.A.”. por una parte y por la otra, la ciudadana ISBELIZ ALEXANDRA FRANCO NIEVES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 13.770.733, debidamente asistida por el Abogado GIOVANNI CONTE VISCIDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 86.148, y de este domicilio; y exponen: Aceptamos la oferta presentada por la empresa , declarando no tener nada mas que reclamar por concepto de prestaciones sociales , ni ningún otro beneficio derivado de la relación laboral.- Este Tribunal en vista de la exposición hecha por la parte oferida, acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones a los fines que libre autorización a los efectos de que se haga entrega de la respectiva libreta de ahorro.-
Visto que la Ciudada ISBELIZ FRANCO NIEVES, ya identificada, parte oferida en el presente asunto acepto el monto consignado en la cuenta de ahorros aperturada a su favor, en consecuencia se designa a la mencionada ciudadana como correo especial a los fines de hacer entrega del oficio, que al efecto se libre, en la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial, quien deberá prestar el juramento de ley, el cual se hace por acto separado.-
Finalmente la ciudadana Jueza, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 11:00 a.m. de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA,


VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ




LA OFERIDA Y SU ABOGADO ASISTENTE



LA APODERADA DE LA PARTE OFERENTE.

LA SECRETARIA


ABG. LOIDA CARVAJAL GUEVARA