En el día hábil de hoy Viernes Tres (03) de Abril del 2009, siendo las 09:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL en presente proceso, incoada por la aparte actora ciudadana MAGALLY CONSUELO BUSTOS NOGUERA contra: “CENTRO REGIONAL DE APOYO AL MAESTRO –ARAGUA (CRAM – ARAGUA) ADSCRITO A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO ARAGUA” Se realizó el anuncio de la presente audiencia en las puertas del Tribunal, encontrándose presente solamente el apoderado judicial de la parte demandada ciudadano abogado, FRANCISCO SILVA, inscrito en el inpreabogado No. 94.833 quien presentó original y copia de PODER ESPECIAL a efectos videndi. SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, NI POR SI MISMA NI POR APODERADO JUDICIAL EN EL PRESENTE JUICIO. Por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 198 de Independencia y 150 de Federación. Dándose por cerrado el acto a las 9: 15 a.m. del viernes tres (03) de Abril de 2009. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,

ABG. NAZARET DAMELI BUENO CLARIN


EL APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA,



EL SECRETARIO,


ABOG. HAROLYS PAREDES