REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SNTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO, 29 DE ABRIL DE 2.009.-
198º y 149º


EXPEDIENTE NRO: 2454-09.-

El presente procedimiento se inicia mediante libelo de demanda interpuesto en fecha 09 de Marzo de 2.009, por la ciudadana BENILDA MIRANDA DE AVILA, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 12.342.819, debidamente asistida por la abogado en ejercicio ELIZABETH AVILA DUARTE, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 95.952, mediante el cual demandó a la ciudadana ADRIANA JOSEFINA SAEZ MERCIER, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.171.290, por DESALOJO de un inmueble de su propiedad ubicado en la calle Santa Inés Nº 68, Sector Santa Eduviges del Macaro Turmero Jurisdicción del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua.-
Ahora bien estando dentro del lapso legal para dictar sentencia observa esta sentenciadora de la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente y especialmente el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes que los mismos pactaron en la cláusula DÉCIMA SEGUNDA del contrato de marras, lo siguiente “Para todo aquello no previsto en el presente contrato de arrendamiento. Las partes se regirán por las disposiciones de la Ley que rige la materia y para cualquier duda o controversia que surgiera se elige como domicilio especial a la ciudad de Maracay, Estado Aragua a la jurisdicción de cuyos tribunales se someten”. En consecuencia y considerando que la competencia dada a los Órganos Jurisdiccionales es de orden publico, este Tribunal se declara incompetente para pronunciarse sobre la sentencia definitiva en el presente procedimiento y declina la competencia a un Juzgado de Municipio de la Ciudad de Maracay . Remítase en original el presente expediente al Juzgado Distribuidor de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.- líbrese oficio.-
LA JUEZ PROVISORIO,

ABG. GLADYS GUADALUPE GIRON
LA SECRETARIA,

THAIDES MARTINEZ

GGG/tm.-
EXP. Nº 2454-09.-






En su nombre
JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
TURMERO, 29 DE ABRIL DEL 2.009


Oficio Nro. _____________.-
CIUDADANO
JUEZ DEL JUZGADO DISTRIBUIDOR DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
SU DESPACHO.-

Adjunto al presente oficio remito a usted expediente original signado con el Nro. 2454-09, contentivo del juicio que por DESALOJO, interpuesta por la ciudadana BENILDA MIRANDA DE AVILA, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.342.819, este Juzgado por auto dictado en esta misma fecha declinó la competencia, por territorialidad.
Remisión que le hago a los fines legales consiguientes.-


DIOS Y FEDERACIÒN


Abg. GLADYS GUADALUPE GIRON
JUEZ PROVISORIO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA

Exp. 2454-09
GG/mb