En el día de hoy, DOS (02) de Abril de dos mil nueve (2009), siendo las nueve y media (9:30) de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal, Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a fin de practicar medida de EMBARGO EJECUTIVO sobre un bien inmueble construido por una casa y parcela de terreno donde esta edificada, distinguida con el numero veinte (Nº 20), ubicada en el Callejón Uniòn, El Limón, en Jurisdicción del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, cuyos linderos: NORTE: En 9,97/5m, con una casa que es o fue del ciudadano Pascuale Passiflore; SUR: Que es su frente, en 9;95 m; con calle o callejón Uniòn; ESTE: En 42,69 m, con inmueble que es o fue de la Ciudadana FELIPO ANGELICA; y OESTE: En 42,26 m, con inmueble que es o fue del ciudadano Héctor Raúl Ruiz; decretado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (En transición), con motivo del juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA, intento la Entidad Financiera Bolívar Banco, C.A. en contra de la Sociedad Mercantil Aserradero Camacaro, C.A. Se trasladó y constituyó se traslado y constituyó el JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, a cargo de la ciudadana Jueza Provisorio, Abogado FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO y la ciudadana Secretaria Suplente Ciudadana ROSA AURA BELLO, también presentes los auxiliares de justicia, representante de la depositaria Judicial La Nacional, ciudadano JOSE FELIX CASTILLO y perito avaluador ciudadano GABRIEL TORRES quienes se encuentran debidamente designados y juramentados, a fin de practicar medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (En transición). Encontrándose igualmente presente el apoderado Judicial de la parte demandante Abogado JUAN CARLOS LINARES, Inpreabogado Nº 38.366. El Tribunal previa verificación de la dirección siguiente: Callejón Uniòn, El Limón, casa y parcela de terreno donde esta edificada, distinguida con el numero veinte (Nº 20), Jurisdicción del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, cuyos linderos: NORTE: En 9,97/5m, con una casa que es o fue del ciudadano Pascuale Passiflore; SUR: Que es su frente, en 9;95 m; con calle o callejón Uniòn; ESTE: En 42,69 m, con inmueble que es o fue de la Ciudadana FELIPO ANGELICA; y OESTE: En 42,26 m, con inmueble que es o fue del ciudadano Héctor Raúl Ruiz; y con asesorìa del Perito, en cumplimiento de su misiòn procediò a dar los toques de ley a la puerta del inmueble, siendo atendido por una persona que se identifico como FORERO DE MONTERO LUZ MERY, titular de la Cèdula de Identidad Nº E- 80.111.625, y quien permitió el acceso al inmueble de manera voluntaria, manifestando ser inquilina del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal, la cual manifestó que se encuentra viviendo en este inmueble desde hace dos años y que el señor que le arrendó el inmueble no lo ve desde hace dos años, que le dieron una cantidad de dinero de 6.000.000.00 de bolívares, hoy SEIS MIL BOLIVARES FUERTES, pero no firmaron ningún contrato. Es todo. Seguidamente la parte actora expone:” Solicito al Tribunal declare Embargado ejecutivamente el inmueble donde se encuentra constituido. En este estado el Tribunal vista la exposición de la parte Actora en la presente medida; y dada la misiòn encomendada DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el bien Inmueble constituido por una casa y parcela de terreno donde esta edificada, distinguida con el numero veinte (Nº 20), ubicada en el Callejón Uniòn, El Limón, en Jurisdicción del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En 9,97/5m, con una casa que es o fue del ciudadano Pascuale Passiflore; SUR: Que es su frente, en 9;95 m; con calle o callejón Uniòn; ESTE: En 42,69 m, con inmueble que es o fue de la Ciudadana FELIPO ANGELICA; y OESTE: En 42,26 m, con inmueble que es o fue del ciudadano Héctor Raúl Ruiz; y en consecuencia en este mismo acto hace entrega del prenombrado Inmueble plenamente identificado, al representante Legal de la Depositaria Judicial la Nacional, Ciudadano JOSE FELIX CASTILLO, quien expone: Recibo conforme para mi representada el Inmueble anteriormente descrito y que en este acto se declara Embargado Ejecutivamente, y me obligo al resguardo como un buen padre de familia. Es todo. En este estado el Perito designado y juramentado expone: Tomando en cuenta la calidad de construcción del inmueble y el estado de conservación y cuido del mismo se le asigna un valor aproximado de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 600.000, oo), cuyas características son las siguientes: Piso de granito, cerámica y terracota en toda su àrea, techo de platabanda, paredes con bloque de arcilla con friso liso y pintura a base de caucho, 2. Baños con cerámica y artefactos sanitarios nacionales en buen estado, presenta rotura en la madera machimbrado de las paredes de la sala, ventanas de hierro sin vidrios, el inmueble se encuentra en regular estado. Es todo. Se acuerda oficiar lo conducente a la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Girardot del Estado Aragua. Es todo. Se deja constancia, que la practica de la presente medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanada de la Comisiòn de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aun vigente. Cumplida su misiòn el Tribunal, siendo las 11:30 de la mañana se ordena su regreso a la sede habitual. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO,

ABOG. FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,

LA NOTIFICADA,

EL PERITO EL DEPOSITARIO JUDICIAL

GABRIEL TORRES JOSE FELIX CASTILLO
LA SECRETARIA SUPLENTE

ROSA AURA BELLO
C-129-2008.-



















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZULA

JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 02 de Abril de 2009.
198º y 150º

CARTEL DE NOTIFICACION

A la SOCIEDAD MERCANTIL ASERRADERO CAMACARO, C.A., se le hace saber que el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en esta misma fecha practicó medida de EMBARGO EJECUTIVO en cumplimiento de la Comisión emanada del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (En transición), de un bien inmueble construido por una casa y parcela de terreno donde esta edificada, distinguida con el numero veinte (Nº 20), ubicada en el Callejón Uniòn, El Limón, en Jurisdicción del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, cuyos linderos: NORTE: En 9,97/5m, con una casa que es o fue del ciudadano Pascuale Passiflore; SUR: Que es su frente, en 9;95 m; con calle o callejón Uniòn; ESTE: En 42,69 m, con inmueble que es o fue de la Ciudadana FELIPO ANGELICA; y OESTE: En 42,26 m, con inmueble que es o fue del ciudadano Héctor Raúl Ruiz;; en el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA intento la Entidad Financiera Bolívar Banco, C.A., en su contra, en el Expediente signado con el Nº 02180.-
DIOS Y FEDERACION

ABOG. FANNY RAQUEL RODRIGUEZ
JUEZA PROVISORIO
FRR/rb.
C-129-2008