En el día hábil de hoy martes, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano NESTOR ISAYA, titular de la cédula de identidad No.2.508.542 y su abogada asistente, arriba identificada, y el abogado NORMAN ROA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada como consta en el instrumento poder inserto en autos a los folios 30 al 34 del expediente. La ciudadana Juez declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado, las partes manifiestan su intención de poner fin al presente procedimiento, donde la parte demandada ofrece pagar la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs.2.900,00), dicha cantidad comprende los conceptos demandados por cuanto la parte patronal presento recibos los cuales fueron reconocidos por el trabajador, para ser pagados el día seis de mayo 2009, a las 11 de la mañana por ante este Tribunal, mediante cheque a nombre del trabajador actor. El trabajador NESTOR ISAYA, dice a viva voz que esta conforme con el monto arriba señalado y con dicho pago la parte demandada no tiene nada que deberme por los beneficios sociales reclamados, afirmación esta que es corroborada por su abogada.
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