REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, veintidós de abril de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: DP11-L-2007-000998

PARTE ACTORA: MARTIN RAMON COLINA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.223.891, de este domicilio. (NO, COMPARECIO).

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MARTIN M. VEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.273. (NO, COMPARECIO).

PARTE DEMANDADA: Ciudadano MANUEL VARELA, portador de la cedula de identidad Nº 7.180.202. (NO, COMPARECIO).

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA: (NO, CONSTITUYO).

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio. Se deja constancia de la incomparecencia ni por si ni por medio de Representante Legal alguno de la parte actora, así como de la parte accionada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 11:00 a.m. del día de hoy. Se leyó, se terminó y conformes firman.-
LA JUEZA,


ABG. SORY MAITA GONZÁLEZ

EL SECRETARIO,


ABG. CARLOS VALERO