En el día de hoy 03 de Marzo de 2010, siendo las 10:30 a.m., siendo la oportunidad para la celebración de la audiencia prolongada fijada para las 11:00 a.m. Se deja constancia que comparece en su condición de parte actora el Apoderado Judicial el Abogado JONNY ARENAS, I.P.S.A. Nros. 99.575; los cuales se identifican en el encabezamiento de la presente acta. Por la demandada MATERIALES VENEZUELA C.A., comparecen los Apoderados Judiciales Abogados DAVILA LINCOLN, I.P.S.A. NROS. 26.934. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto e instó a las partes a continuar con las conversaciones. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de terminar con el presente procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de VEINTIUN MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 21.000,00), para ser pagado el día 15 de marzo a las 10:00 a.m. en la sede del Tribunal, elaborado a nombre del Trabajador JOHN ANDERSON MORENO REYES. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, las indemnizaciones que consagra el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales y el Bono de alimentación para los trabajadores, y todos los conceptos derivados de la relación laboral por el tiempo de servicio prestado. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderado Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio demandado en el presente asunto.