REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
INTERLOCUTORIA- Exp. Nro. 7772-09
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLECENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. SALA DE JUICIO. Maturín, cuatro (4) de Agosto del dos mil nueve.-
199° y 150°
Revisada las actas procesales que conforma el expediente signado con el No. 7772-09, se evidencia que contiene procedimiento autorizatorio incoado por la ciudadana MARBIS LURLINYS BERRA VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 9.898.723, quien procediendo con el carácter de progenitora de sus (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), solicita autorización judicial para retirar suma de dinero que están a disposición de este Tribunal; 2) Que ante este Tribunal cursa expediente signado con el No. 4503 de bienes, en el cual la ciudadana MARBIS BERRA VILLARROEL igualmente aparece como solicitante en nombre y representación de sus prenombradas hijas, y en el mismo se encuentran consignada sumas de dinero que pertenecen a las misma; 3) Que en el expediente No. 4503 cuyo conocimiento corresponde a la Jueza Profesional Primera de este Tribunal, contiene identidad de sujeto y objeto, habiéndose iniciado el expediente No. 4503 primero, por lo que el manejo de la cuenta de ahorro aperturada en la entidad bancaria BANFOANDES corresponde su manejo a la Jueza Profesional Primera. 4) Por lo ante expuesto, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal acuerda LA ACUMULACIÓN POR CONEXIÓN de la causa contenida en el EXPEDIENTE Nro. 7772-09 al expediente signado con el No. 4503 el cual corresponde del conocimiento de la causa a la Juez Profesional Primera. Librese Oficio.
La Juez Profesional Segunda
Abg. Elina Ciano De Cools
La secretaria de Sala
Abg. Diana Minerva Lezama