REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MUNICIPIO SAN CASIMIRO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO SAN CASIMIRO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DELESTADO ARAGUA
San Casimiro, 12 de agosto de 2009.
199º y 150º
Asunto N° 513-2009
Vista la diligencia que antecede, cursante a los autos folio 77, presentado por el ciudadano: ALVARO JOSÉ ALVAREZ PEDROZA, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.993.176, debidamente asistido por el abogado en ejercicio, ERNESTO R. BOLÍVAR GUERRA, Inpreabogado N° 118.711, en fecha 11 de agosto de 2009, mediante la cual en su carácter de autos hace del conocimiento que, el ciudadano MANUEL FORTUNATO OSORIO LEDEZMA, portador de la Cédula de Identidad N° V-5.407.319, en su carácter de Arrendatario del inmueble ubicado en la Calle Los Pocitos, Casa N° 6-1, de esta población, objeto del presente procedimiento de Desalojo, le hizo entrega de dos llaves del mismo, dando así cumplimiento voluntaria a la sentencia decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 23 de abril de 2009, de conformidad con el Artículo 892 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO, el presente procedimiento y ordena el archivo definitivo de la presente causa.- Hágase lo conducente.-
La Jueza Provisoria,
Abg. Mavelyn Urdaneta Aguilar,
La Secretaria Temporal,
Abg. Kersily A. Parra R.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
La Secretaria Temporal,
Abg. Kersily A. Parra R.
ASUNTO N° 513-2008
Fecha: 08 – 05 - 2008.-
MUA – KaPr – alvis.-
jmasc