República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.
Maturín 14 de Agosto de 2009.-
199° y 150°

EXP. 2364


De las partes, sus apoderados y de la acción deducida.

1. QUE LAS PARTES EN ESTE JUICIO SON:

PARTE DEMANDANTE: Sociedad Mercantil MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., domiciliada en esa ciudad de Maturín Estado Monagas, inscrita inicialmente ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Distrito Maturín, del Estado Monagas, en fecha 22 de Agosto de 1.990, bajo el Nº 7, Protocolo Primero, Tomo 9, y sus Estatutos Sociales protocolizados en la misma Oficina Subalterna de Registro Publico en fecha 13 de Mayo de 1.977, bajo el Nº 85, folios 228 al 240, protocolo Primero, Tomo Segundo, Segundo Trimestre, luego transformada en Compañía Anónima conforme consta de Acta de Asamblea de Accionistas, inscrita por ante la Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 29-09-1998, bajo el Nº 08, Tomo A-9, quien constituyo Apoderado Judicial Abogado ALEXI HAYEK LAKKIS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 43.756.-
PARTE DEMANDADA: LUÍS BELTRÁN GONZÁLEZ NARVÁEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.006.706, en su carácter de deudor Hipotecario.-
2. ACCIÓN DEDUCIDA: EJECUCIÓN DE HIPOTECA.
3. ASUNTO: HOMOLOGACIÓN DE DESISTIMIENTO.-
Antecedentes
En fecha 23/04/2009, compareció por ante el Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en funciones de Distribución para esa fecha el Abogado ALEXI HAYEK LAKKIS, actuando como Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., e interpuso formalmente demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, en contra del ciudadano: LUÍS BELTRÁN GONZÁLEZ NARVÁEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.006.706, recayendo por distribución a este Tribunal en fecha 27/04/2009.
La demanda fue admitida en fecha 30/04/2009, tal y como consta en el folio 36 del presente expediente, en consecuencia se ordenó librar recibo de Intimación de la parte demandada, para que compareciera por este Tribunal en la siguiente dirección Avenida Juncal Edificio de los Profesionales Piso 1, dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de su Intimación mas tres (3) días que se le concede como termino de distancia, en las horas comprendidas de 08:30 a.m. a 03:30 p.m., destinadas para despachar, a pagar al ejecutante las siguientes cantidades: Primero: SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS BOLÍVARES FUERTES CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. F. 63.916, 56), por concepto de capital que fue dado en préstamo. Segundo: Los intereses ordinarios o compensatorios, calculados desde el 14 de Marzo de 2.008, hasta el 14 de Abril de 2.009, sobre el mencionado capital totalmente exigible, que asciende a la suma de de SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO BOLÍVARES FUERTES CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs. F. 7.765, 70). Tercero: Los intereses moratorios que se generen desde el 14 de Marzo de 2.008, hasta el 14 de Abril de 2.009, ambos inclusive, por cada cuota vencida, que asciende a la suma de de DOS MIL CIENTO NUEVE BOLÍVARES FUERTES CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (Bs. F. 2.109, 25). Cuarto: Los intereses compensatorios así como también los intereses moratorios a la tasa vigente para cada año, después del 14 de abril de 2.009, hasta la definitiva cancelación de la obligación que los origina. Quinto: La cantidad de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLÍVARES FUERTES CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 18.447, 88), por concepto de las costas procesales, prudencialmente calculadas por este Tribunal.-
En fecha 12 de Agosto del año 2009, comparece por ante este Juzgado el Abogado en ejercicio ALEXI HAYEK LAKKIS, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., y Desiste de la Acción, tal y como se evidencia en el folio 80 del cuaderno principal del presente expediente, siendo ello así, el Tribunal a los efectos de impartir la Homologación de ley, luego de estudiadas las actas procesales que conforman el expediente se pronuncia de la siguiente manera:
Se evidencia de autos que la Sociedad Mercantil MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., estuvo representada por medio de su apoderado judicial Abogado en ejercicio ALEXI HAYEK LAKKIS, Identificado en autos tal y como consta en poder que riela en los folios que van del 14 al 20, del cuaderno principal del expediente, a quien le fue conferida de forma expresa la facultad para la realización de dicho acto de disposición, por tanto de autos se constata la capacidad que tiene para celebrar dicho acto de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil.
En tal sentido, debe afirmar este Juzgado que las referidas circunstancias fácticas y jurídicas hacen procedente en derecho impartir la Homologación correspondiente al DESISTIMIENTO de la parte actora, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se acuerda suspender la medida de Enajenar y gravar decretada en fecha 30 de Abril de 2009, por este Tribunal. En tal sentido se ordena librar oficio al Registrador (A) Inmobiliario del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui. Líbrese lo Conducente. Cúmplase.-

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.

Dado, Firmado en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de los Municipios, Maturín, Aguasay, santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín a los Catorce (14) días del Mes de Agosto del Año Dos Mil Nueve.- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.- siendo las dos (2:00) de la tarde.
LA JUEZ TITULAR,

Abg. ODIELYS HERDE MARCANO.
LA SECRETARIA TITULAR.

En esta misma fecha siendo las 2:00 P.M., se dictó y publicó el anterior auto y se le dio cumplimiento a lo ordenado en él.
LA SECRETARIA TITULAR.


OHM/MPB/Ana C
Exp.: 2364