REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 14 de Agosto de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP41-U-2007-000098.- INTERLOCUTORIA N°: 93.
Visto el Escrito de Promoción de Pruebas presentado en fecha catorce (14) de Julio de 2009, por la ciudadana Andrea Zambrano Castillo, titular de la Cédula de Identidad N° 15.992.214 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 120.162 respectivamente, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la contribuyente “DISEÑOS BEATRIZ, C.A.”; por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:
1.- MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS: Se reproduce el mérito favorable de los autos y muy especialmente el señalado en el Capitulo I del Escrito de Promoción de Pruebas.-
2.- PRUEBAS DOCUMENTALES: Fueron Agregados a los autos los documentos promovidos anexos al Escrito de Promoción de Pruebas e identificados en el Capítulo II del mismo.
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Sánchez Aullón. El Secretario,
Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
ASUNTO: AP41-U-2007-000098.-
JSA/dpc.-